Esta compilación tiene como objetivo dar a conocer en unas sencillas tablas la relación de permisos, excedencias y demás licencias a las que tienen derecho los empleados públicos que trabajan para la Administración General del Estado en nuestra CCAA. Aunque la normativa empleada hasta ahora ha estado dispersa, en la actualidad proviene, casi en su totalidad, del ESTATUTO BÁSICO DEL EMPLEADO PÚBLICO (Ley 7/2007 de 12 de abril, BOE 13/04/07). 

PERMISOS

NORMA

DURACIÓN

OBSERVACIONES

ADOPCIÓN/ ACOGIMIENTO

Art.49-b)

Ley.7/2007 Art.30.1.a) Ley 30/84

16 semanas. Se ampliarán en dos semanas más en el supuesto de discapacidad del menor o por cada hijo, a partir del segundo, en los supuestos de adopción o acogimiento múltiple. Posibilidad de ausentarse dos meses antes con retribuciones básicas, para la adopción internacional.

En caso de que la madre y el padre trabajen, el permiso se distribuirá a opción de los interesados, que podrán disfrutarlo de forma simultánea o sucesiva., siempre con períodos ininterrumpidos. Posibilidad del permiso a jornada completa o a tiempo parcial. Se puede solicitar 4 semanas antes de la resolución acogimiento o adopción.

ASUNTOS SIN JUSTIFICACIÓN

Art.48.1. k)

Ley.7/07

6 días al año. 1 día  más al cumplir los 15 años de servicio, 2 días más al cumplir el sexto trienio, incrementándose en 1 día adicional por cada trienio cumplido a partir del octavo.

Requiere la autorización de la administración.

DEBER INEXCUSABLE

Art.48.l.j) Ley.7/07 Art.30.2 Ley 30/84

El tiempo indispensable

De carácter público o personal y por deberes relacionados con la conciliación familiar y laboral.

ENFERMEDAD GRAVEO FALLECIMIENTO FAMILIAR

Art.48.1 .a)

Art.48.1.i

Ley.7/07 EBEP Art.30.i.a) Ley 30/84

 

Familiares 1er grado: tres días hábiles misma localidad, y cinco días hábiles distinta localidad. Familiares 2o    2 días hábiles misma localidad  y 4 días distinta localidad.

Reducción de hasta el 50 % jornada retribuida durante 1 mes.

El grado se entiende de consanguinidad o afinidad. El permiso se puede disponer mientras dure la enfermedad.

EXAMENES

Art.48.l.d). Ley 7/2007 Art.30.1 d) Ley 30/84

El día del examen.

Exámenes finales o de aptitud y evaluación. En centros oficiales. También se incluyen los exámenes liberatorios.

FECUNDACIÓN ASISTIDA

Art.4 Orden Apu/3902/2005 B.O.E. 16/12/05

El tiempo necesario para su realización.

 

FLEXIBILIDAD EN EL HORARIO

Art.4 Orden Apu/3902/2005 B.O.E. 16/12/05

1 hora por cuidado de familiares a su cargo e hijos menores 12 años.

2 horas, en caso de familiares monoparentales o con hijos con discapacidad.

Esta flexibilidad horaria responde a la necesidad de conciliar la vida familiar y laboral (Ej.: Posibilidad de llevar recoger a los niños del colegio o de un centro de atención especial.). No se trata de trabajar menos, sino de adaptar el horario, en la medida que las necesidades del centro de trabajo lo permitan, a nuestras necesidades familiares.

PATERNIDAD

Art.49. c) Ley 7/2007

quince días a partir de la fecha de nacimiento 0 decisión judicial de adopción o acogimiento

El padre 0 el otro progenitor desde la fecha del nacimiento, adopción.

NACIMIENTO DE HIJOS PREMATUROS U HOSPITALIZADOS TRAS EL PARTO.

Art. 48.1.g) Ley 7/07 EBEP.BOE 13/04/07

2 horas de ausencia mientras que se mantenga hospitalizado

Retribución integra, con la posibilidad de reducir hasta 2 horas con disminución de retribuciones.

PREPARACIÓN AL PARTO

Art.48.l.e) Ley7/07 Art. 30.1.e) Ley 30/84

El tiempo necesario. Exámenes prenatales y técnicas preparación parto.

Previa justificación realización en jornada de trabajo.

FORMACIÓN

Art. 49.a) y b). Ley 7/07. Art. 60 Ley 3/2007

Posibilidad de acudir a cursos de formación durante permisos de maternidad, paternidad, excedencia por     motivos familiares e incapacidad temporal.

En el caso de incapacidad temporal, siempre que su estado de salud lo permita.

TRASLADO DOMICILIO

Art.48.1.b) Ley7/07

1 día misma localidad.

Sin cambio de residencia

MATRIMONIO O UNIÓN DE HECHO

Acuerdo

Convenio

15 días naturales

1 día de padres, hijos, nietos, abuelos, hermanos, cuñados y suegros. 2 días a mas de 375 Km.

 

 

LICENCIAS

NORMA

DURACIÓN

OBSERVACIONES

ASUNTOS PROPIOS

Art. 73-

RD.315/1964

3 meses cada 2 años.

Sin retribución. Su concesión depende de las necesidades del servicio.

AUSENCIA DEL TRABAJO PARA EL PERSONAL CON HIJOS CON DISCAPACIDAD.

Art.4 Orden Apu/3902/2005 B.O.E. 16/12/05

El tiempo necesario

para su realización.

Para acudir a reuniones de coordinación del centro de educación especial o para acompañar al hijo si ha de recibir apoyo en el ámbito sanitario.

AUSENCIA DEL TRABAJO PARA CONCILIAR VIDA FAMILIAR Y LABORAL

Art.4 Orden Apu/3902/2005 B.O.E. 16/12/05

Tiempo indispensable.

Para el cumplimiento de un deber inexcusable

relacionado con la conciliación de la vida familiar y laboral.

Se entiende que: tanto las consultas médicas de los menores 0 mayores a nuestro cargo, como las reuniones 0 entrevistas que nos citen para tratar cuestiones sobre los familiares a nuestro cargo, y que por su importancia, y por la imposibilidad de que puedan ser cambiadas a otra hora que se pueda asistir sin tener que faltar al trabajo; se nos permite la ausencia en nuestro trabajo para poder acudir.

  

EXCEDENCIAS

NORMA

DURACIÓN

OBSERVACIONES

VOLUNTARIA POR INTERÉS PARTICULAR

Art.89.1 y 2.

Ley 07/2007 Art.   29.3-c)

Ley 30/1984.

Mínimo 2 años.

Se requiere haber trabajado para la Administración los 5 años anteriores. Se pierde el destino definitivo, y no se computa este tiempo a efectos de méritos, trienios y derechos pasivos.

VOLUNTARIA POR

AGRUPACIÓN

FAMILIAR

Art.89.1 y 3-Ley 07/2007 Art. 29.3.d)

Ley 30/1984.

Entre dos y quince años, mientras que se mantenga la situación que da derecho a solicitarla.

Funcionarios cuyo cónyuge resida en otra localidad por haber obtenido y estar desempeñando un puesto de trabajo de carácter definitivo como funcionario de carrera o como laboral fijo en cualquiera de las Administraciones Públicas.

Se pierde el destino definitivo, y no se computa el tiempo a efectos de méritos, trienios y derechos pasivos.

POR RAZÓN DE VIOLENCIA SOBRE MUJER (funcionaria)

Art.89.1 y 5-

Ley 07/2007 Art. 29.8 Ley

30/1984.

Mientras se mantenga la situación que da derecho a la solicitud.

Retribución integra, durante los seis primeros meses de esta excedencia.

CUIDADO DE FAMILIARES

Art. 89.1 y 4

Art.29-4.Ley 30/84

Hasta que el menor cumpla los tres años, en el caso de nacimiento;   o   hasta   que transcurran    tres    años desde la sentencia judicial o administrativa, en el caso de adopción o acogimiento.

Hasta el 2o año se mantiene el puesto definitivo en el centro de trabajo. El período de permanencia en esta situación será computable a efectos de trienios, consolidación de grado personal y derechos pasivos

VOLUNTARIA: CAMBIO A OTRO PUESTO EN CUALQUIERA DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS.

Art. 15 RD.

365/95

Art.   29.3.a)

Ley 30/1984.

Mientras que se mantenga la situación que da derecho a solicitarla.

Pierde el destino definitivo, y no se computará como tiempo trabajado a efectos de méritos el tiempo que deja de estar en el destino origen.

  

VACACIONES

NORMA

DURACIÓN

OBSERVACIONES

VACACIONES

Art. 50 Ley 7/07

Art. 68.1.1.2 RD 315/1964

22 días hábiles por año natural o los días que correspondan

Proporcionalmente si el tiempo de servicio durante el año fue menor.

A estos efectos no se considerarán hábiles los sábados, salvo horarios especiales. La antigüedad del personal funcionario y laboral incrementa los días hábiles

MATERNIDAD

Art. 48.1.f)

Ley 7/07

Art. 30.1.f) Ley 30/84

Hasta un mes.

Las madres y los padres tendrán derecho a acumular el periodo de disfrute de vacaciones al permiso de maternidad, lactancia y paternidad, aún habiendo expirado ya el año natural a que tal período corresponda.

 

REDUCCIÓN DE JORNADA

NORMA

DURACIÓN

OBSERVACIONES

GUARDA LEGAL

Art. 48.1.h) Ley7/07 Art. 30-1-g) Ley 30/84

Art. 48.1.h) Mientras que se mantenga la situación

Ley7/07 que da derecho a solicitarla: Hijos

Art. 30-1-g) menores de 12 años o disminuidos, y Ley 30/84 cuidado de familiares con incapacidad física con quien conviva.

Reducción de jornada de 1/3 o de 1/2 con reducción proporcional de haberes. Es una situación protegida, por lo tanto, su cotización para la jubilación es de 100%.

 

Sindicato Trabajadores de la administración - Intersindical Valenciana

Plaza Ayuntamiento,2 pta. 15  46002 Valencia

Telf: 963.942.703