El STA-IV comunica:

Por primera vez en el Ayuntamiento de Valencia se ha constituido el Tribunal Médico de Segunda Actividad, como consecuencia del procedimiento judicial que este sindicato inició en su momento, en aplicación de la Ley 6/1999, de 19 abril, de Policías Locales y de Coordinación de Policías Locales.

Con anterioridad el STA-IV ya había conseguido la segunda actividad por edad por sentencia judicial en la ciudad de Castellón para los funcionarios de la plantilla de Segorbe.

Este sindicato, que ya había presentado una propuesta de Segunda Actividad tanto en el Gabinete Técnico de Policía Local de la Consellería de Justicia y Administraciones Públicas de la Generalitat Valenciana como en el Ayuntamiento de Valencia (en este caso, junto con otras fuerzas sindicales), ya que en esta ciudad existe Reglamento interno de Policía, se siente satisfecho por el reconocimiento judicial de la Segunda Actividad para Policía Local, y quiere hacer extensivo a todas las Policías Locales de la Comunidad Valenciana este logro para que todos juntos logremos que se aplique y desarrolle en todas las plantillas de Policía.

Este colectivo ve reconocida una parte de sus derechos laborales que en otros Cuerpos policiales ya se venía aplicando desde hace más de 10 años, lo que repercutirá en la calidad del servicio a los ciudadanos, ya que todo Policía Local que preste su servicio en la vía pública tendrá garantizadas las adecuadas aptitudes psicofísicas para el desempeño de la función policial.

Estamos a vuestra disposición para facilitaros toda la información que preciséis.