"CON EL CULO AL AIRE"

 

YA ESTA BIEN DE BURLAS Y DE ENGAÑOS A LOS COMPAÑEROS POLICÍAS

 

DESDE FINALES DE DICIEMBRE LOS SINDICATOS FIRMANTES DEL CONVENIO LABORAL, HEMOS INTENTADO LLEGAR A ACUERDOS EN MATERIA DE SERVICIOS EXTRAORDINARIOS, EN BENEFICIO DE LA MAYORÍA DE LOS COMPAÑEROS.
EL RESULTADO HA SIDO QUE NUESTROS QUERIDOS COMPAÑEROS DEL SPPLBCV SE HAN DEDICADO EN ESTE TIEMPO:

DECIROS QUE LA PROPUESTA DEL SPPLBCV ESTA MUY POR DEBAJO DE LA PRESENTADA POR LOS SINDICATOS FIRMANTES DEL CONVENIO; LA ADJUNTAMOS PARA QUE LA VEÁIS CON VUESTROS PROPIOS OJOS.

PROPUESTA DEL SPPLBCV (VER)

HABLA DEL 50% DE SUBIDA LOS DÍAS 24-25-31-Y 1 DE NAVIDADES, CANTIDAD MUY INFERIOR (A LA PEDIDA POR LOS RESTANTES SINDICATOS), A TODO ESTO HAY QUE AÑADIR QUE EN LA MESA TÉCNICA DEL DÍA 9 DE FEBRERO DEL 2005, CLARAMENTE LA DELEGACIÓN DE POLICÍA HA INTENTADO ENGAÑAR A LOS SINDICATOS FIRMANTES DEL ACUERDO. DICIENDO, QUE ESTABA DISPUESTO A LLEGAR A UN ACUERDO VERBAL SOBRE LOS DÍAS REFERENCIADOS, MANIFESTANDO QUE NO SE LLAMARÍA A NADIE FORZOSO; PERO CUANDO LA PARTE SINDICAL LE HA DICHO QUE TENIA QUE FIRMARLO, NOS HA MOSTRADO LA CLARA EVIDENCIA QUE PRETENDÍA ENGAÑARNOS.

 

DESDE AHORA EN ADELANTE, QUE SE COJAN DE LA MANO EL SPPLBCV Y LA DELEGACIÓN DE POLICÍA, PORQUE LOS SINDICATOS DEMOSTRAREMOS CON HECHOS Y DOCUMENTOS QUE NOS PRETENDÍAN ENGAÑAR.

 

 

 

PROPUESTA DE SERVICIOS EXTRAORDINARIOS DEL SPPLB-CV

Partiendo de la voluntariedad de la DE según establece el actual acuerdo laboral se establece la siguiente distribución de los servicios extraordinarios siendo:

En cuanto los criterios de asignación, por tanto no debe de haber distinción entre los agentes y oficiales (en adelante policías) de Dedicación especial y Mayor dedicación.

Cuando exista una mayor solicitud por parte de los policías de servicios extraordinarios estos se asignarán entre los solicitantes teniendo en cuenta la mayor antigüedad en el Cuerpo.

Cuando no se cubra con voluntarios los servicios ofertados se asignaran a los policías con menor antigüedad en el cuerpo. La asignación de los mismos siempre se realizará de acuerdo con lo establecido en el art. 35 del vigente convenio respecto a los motivos de Fuerza Mayor, Caso Fortuito o Estricta necesidad motivada del servicio la cual se hará constar en la misma Orden del Cuerpo que obligue a los policías, así como el respeto al art. 17 del mismo sobre la pausa entre las jornadas de al menos 12 horas.

Cuando no existan suficientes voluntarios y se obligue a los policías a realizarlos obligatoriamente, la duración de los servicios extraordinarios será de 6 horas efectivas con una valoración económica de 7 horas.

Los servicios extraordinarios que superen las 6 horas efectivas conllevarán dentro de la jornada lea realización de la "D".

El precio de cada hora extraordinaria será el establecido en la MGN para cada grupo.

La prolongación dentro del servicio extraordinario se compensará económicamente conforme a lo establecido para el propio servicio extraordinario.

Respecto a la ofrenda se computará como dos operativos, dos extraordinarios o un operativo y un extraordinario a petición del interesado de dedicación especial.

Se compensaran los servicios extraordinarios realizados el 24 noche, tarde del 25, noche del 31 de diciembre y mañana del 1 y tarde del 6 de enero, con un incremento económico respecto al valor inicial del 50 %.